Normativa Mifid
- La entrada en vigor de la normativa MIFID, Directiva 2004/39 relativa a los Mercados
de Instrumentos Financieros y sus dos normas de desarrollo Directiva 2006/73/CE y Reglamento CE
1287/2006 (a partir de ahora MIFID) afecta a todas las personas y entidades que actúan en los
mercados financieros.
- MIFID establece el marco general de un régimen regulador común para los mercados financieros en la
Unión Europea, abarcando un conjunto de aspectos que afectan tanto a la actividad en los mercados, a la
transparencia de los mismos, como a los productos y servicios de inversión; incrementando las
medidas dirigidas a la protección de los inversores.
- A continuación ponemos a tu disposición información que consideramos que puede resultar de tu interés:
Información legal
- Directiva 2004/39/CE, de 21 de abril de 2004 (directiva nivel I)
- Directiva 2006/73/CE, de 10 de agosto de 2006 (directiva nivel II)
- Reglamento (CE) 1287/2006
- Ley 47/2007, de 19 de diciembre de 2007, por la que se modifica la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores
Clasificación de los clientes
MIFID exige la clasificación de los clientes a los que se prestan servicios de inversión, Self Bank ha optado por un único segmento para su clientela, clasificando a la misma como clientes minoristas, lo cual otorga el mayor grado de protección al inversorInformación del cliente
MIFID realiza una distinción entre los servicios que son de simple ejecución de productos no complejos y servicios que a pesar de ser de simple ejecución implican la ejecución de productos considerados complejos; para estos últimos se requiere una evaluación previa de la experiencia y conocimientos necesarios comprender los riesgos que implica en relación con esos servicios de inversión u operaciones concretos.
Para satisfacer este requerimiento Self Bank diseña un "Test de Conveniencia" que será formulado a aquellos clientes que no tengan experiencia en dichos servicios o productos para evaluar la adecuación de dicho producto.
Además al prestar el servicio de inversión de asesoramiento en materia de inversión se debe recabar la información necesaria para que Self Bank comprenda los hechos esenciales sobre el cliente y disponga de una base razonable para creer, teniendo debidamente en cuenta la naturaleza y el grado de servicio prestado, que la operación específica que debe recomendarse, cumple los siguientes requisitos:
- responde a los objetivos de inversión del cliente
- sea de tal naturaleza que el cliente puedas, desde el punto de vista financiero, asumir cualquier riesgo de inversión relacionado coherente con los objetivos de la inversión
- que el cliente cuente con la experiencia y los conocimientos necesarios para comprender los riesgos que implica dicha operación.
Para satisfacer este requerimiento Self Bank diseña un "Test de idoneidad" que será formulado a aquellos clientes antes de prestar el servicio de asesoramiento en materia de inversión.Información sobre la entidad
Se incluye información legal referida a la propia entidad y a su régimen jurídico y de supervisión. Información de Self Bank S.A.
Tarifas y costes
Se incluye información sobre tarifas, costes y gastos conexos:
Además puedes consultar el Folleto de tarifas máximas registrado en el Banco de España
El folleto simplicado de Instituciones de Inversión Colectiva comercializadas por Self Bank facilita suficiente información sobre los costes y gastos asociados a las mismas.Políticas de Self Bank
En este apartado se puede consultar la política resumida de Ejecución de órdenes, conflictos de interés y salvaguarda de instrumentos financieros.
Política de Ejecución de órdenes
Self Bank ha establecido una Política de Ejecución sobre los distintos instrumentos financieros, con el fin de obtener los mejores resultados posibles para sus clientes.
Política de Conflictos de Interés
Self Bank ha establecido una Política de Conflictos de Interés que puedan surgir en su actividad con clientes, con el fin de preservar los intereses de los mismos.
Política de Salvaguarda de Instrumentos Financieros
