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¿Cuándo puede cerrar las posiciones Self Bank?

Existen varios supuestos recogidos en el contrato en los que Self Bank puede cerrar las posiciones del cliente.

Los más comunes son:

  • Si en la opción de venta intradiaria el cliente no ha dado la orden de compra de los valores prestados, Self Bank dará dicha orden por cuenta del cliente antes del cierre de la sesión y los aplicará a la devolución del préstamo. En caso de que el cliente anule la orden, ésta se ejecutará en el momento en que se reanude la negociación. En tal caso, habitualmente Iberclear penaliza al cliente y si hubiese un beneficio este también quedaría a favor de Iberclear.
  • Suspensión del valor: Si el valor se encontrase suspendido de cotización por circunstancias que afecten a la liquidez de los valores anotados en la cuenta de valores asociada o a la de los valores prestados, reduciéndola de forma significativa. Entre otras causas, sin que sea una relación exhaustiva, serán reducciones significativas de liquidez de los valores las siguientes: concurso de acreedores del emisor de los valores, exclusión de los valores de índices reconocidos por la comunidad financiera (IBEX-35 y otros similares), ofertas privadas o públicas de adquisición del emisor de los valores que reduzcan los valores libremente cotizados en el mercado principal a menos del 50% de los valores emitidos, exclusión de cotización del mercado principal, suspensión de la cotización del emisor de los valores por más de 24 horas. Self Bank procederá a recomprar el valor el primer día en que se reanude su negociación. En tal caso, habitualmente Iberclear penaliza al cliente y, si hubiese un beneficio, este también quedaría a favor de Iberclear.
  • Cuando el cociente entre los Activos y los Pasivos alcance el Límite de Cierre de Posiciones fijado en el Anexo de Condiciones Económicas. Self Bank, intentará en la medida de lo posible, cerrará primero las posiciones del cliente que mayor pérdida hayan generado, aunque no asumirá ningún tipo de responsabilidad en cuanto a la elección de los valores que sean objeto de compra o venta.
  • Si durante la vigencia del préstamo, y respecto de alguno o todos los valores prestados, se produce un hecho relevante extraordinario que dé lugar a la amortización, canje, conversión, o exclusión de la cotización de los valores prestados, o a una oferta pública de adquisición, o a una situación excepcional en los mercados financieros, Self Bank podrá requerir la devolución anticipada de los valores prestados afectados. El requerimiento deberá producirse dentro de los 2 días hábiles siguientes a la notificación del hecho relevante al mercado. La entrega deberá producirse dentro de los 2 días hábiles siguientes al requerimiento y, en todo caso, con la antelación suficiente para que Self Bank pueda ejercitar los derechos correspondientes a los valores prestados como consecuencia de los referidos hechos relevantes. En el caso de que el cliente no haya dado la orden de compra de los valores prestados antes del cierre de la última sesión del plazo de devolución, Self Bank dará dicha orden por cuenta del cliente antes del cierre de la sesión y los aplicará a la devolución del préstamo.

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Mujer escribiendo en teclado de ordenador