¿Qué políticas tiene Self Bank en la prevención del blanqueo y la financiación del terrorismo?
Self Bank | Corporativo
Para Self Bank ha sido objetivo prioritario disponer de un sistema de prevención del blanqueo y financiación del terrorismo eficaz, por lo que hemos definido un marco basado en los siguientes pilares:
- Política de conocimiento del cliente y del propósito o índole de la relación de negocios: significa tener un conocimiento integral de los clientes y, más concretamente, "conocer la actividad profesional o empresarial" de los mismos y el propósito de su relación de negocios.
- Política de admisión de clientes: implica conocer "qué personas no pueden ser clientes de Self Bank" y cuáles sí; y de entre las personas aceptadas como clientes, implica conocer el nivel de riesgo de blanqueo de capitales asociado.
- Política de identificación formal de clientes: implica saber "quiénes son" los clientes, para lo cual hay que solicitarles los documentos de identificación correspondientes.
- Política de identificación del titular real: implica saber si los clientes actúan en nombre propio o de terceros y, en este último caso, implica saber por cuenta de quién actúan. En el caso de clientes personas jurídicas, implica conocer la estructura de propiedad o de control de las mismas.
Este marco de actuación ha sido diseñado en línea con los requerimientos legales de la normativa vigente y con la aprobación e involucración de los miembros del Consejo de Administración.
Como entidad financiera en Self Bank estamos obligados a disponer de copia de determinados documentos de nuestros clientes y ello con el objetivo de verificar su identidad, actividad económica o profesional, el origen de sus fondos y propósito de la relación de negocios. El incumplimiento de este requisito legal podría obligarnos a cancelar las cuentas de los clientes que no aporten dicha documentación.
Para más información consulta el apartado de Información Legal
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